¿Es accesible tu portal? ¿Estas obligado a hacer obra?

¿Es accesible tu portal? ¿Estas obligado a hacer obra?

Si en el edificio donde vives es accesible tanto el portal como la comunicaccion de plantas entre si estas de enhorabuena, ya que no tendras que preocuparte de nada. En cambio si existe algunos  de estos elementos para llegar a tu vivienda, debes leer ester articulo para saber que hacer:

Escalones o desnivel para entrar al portal:

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Desnivel hasta ascensor en interior:DSC09914_2728x1816

O incluso falta de ascensor entre plantas:

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Si tu portal cumple algunos de estos requisitos ¿ Es obligatorio la realizacion de  una obra para asegurar la accesibilidad?

Desde la ley 26/2011 sobre derechos de las personas con discapacidad en obligatorio garantizar la accesibilidad (ascenor, salva-escaleras, rampas…) mediante ajustes razonables en todas las edificaciones existentes antes de 4 de diciembre de 2017.

Con ajustes razonables  se refiere a actuaciones que no supongan una carga desproporcionada o indebida teniendo en cuenta: su coste y las personas que deban de pagarlo. El limite se fija en que el importe no puede superar las 12 mensualidades por vecino de gastos comunes.

Por lo tanto, si tu portal no es accecible lo primero que deves ahcer es ponerte en contacto con un tecnico para que valore el gasto de la obra de accesibilidad, de ese modo sabras si tu portal esta obligado a realizar la obra o no, teniendo en cuenta el limite de gasto de 12 mensualidades de gastos por vecino.